Cuando se aplica un fitosanitario, en ocasiones, queda un resíduo de tal fitosanitario en el producto final. Las agencias de seguridad alimentaria EFSA en Europa, FDA en Estados Unidos, ANVISA en Brasil, SENASA en Argentina, etc. velan porque se establezcan unos límites máximos de resíduos (LMR) seguros para el consumidor. En función de la materia activa, tales límites se establecen grosso modo unas 1000 veces por debajo de la concentración que comenzaría a implicar efectos toxicológicos en las personas también conocido como NOAEL

Asimismo en la mayoría de países es habitual que más del 90% de los alimentos analizados cumplan con tales LMR (aquí el último informe de la EFSA). Sin embargo no siempre es fácil determinar tal cumplimiento en el ámbito de un laboratorio ya que los fitosanitarios aplicados se van degradando en diferentes metabolitos y degradados que dan lugar en algunos casos a una relativa amplia heterogeneidad de residuos.
En los casos más complicados, algunas materias activas como el fungicida «Tiofanato de metilo» se van degradando a otra sustancia el «Carbendazim» que a su vez también se emplea como fungicida. Es en estos casos donde cada agencia de seguridad alimentaria aplica su criterio y establece su propia definición de residuo para cada caso.
En la Unión Europea el límite se establece para el carbendazim, es decir, hay que hallar -por una parte- la concentración de carbendazim presente en el alimento y por la otra, hallar la concentración de tiofanato de metilo. Esta última concentración se convierte estequiométricamente a concentración de carbendazim. Una vez sumada la concentración de carbendazim a la concentración equivalente de carbendazim del tiofanato de metilo se puede comprobar si se cumple o no el LMR.
En EE.UU. ocurre justo lo contrario. La EPA establece solamente un LMR para el tiofanato de metilo y para ver si un alimento cumple hay que convertir el residuo de carbendazim estequiométricamente en tiofanato de metilo y a esto sumarle el residuo propiamente de tiofanato de metilo presente. (Nota: en EE.UU. la agencia medioambiental EPA establece el LMR y es otra agencia, la FDA quien vela por su cumplimiento)
En el siguiente vídeo analizamos el caso del tiofanato de metilo y el carbendazim en la UE y en EE.UU.
Estas divergencias en las definiciones de residuo hacen que cada vez sea más complicado determinar si un alimento cumple o no con los requisitos de seguridad alimentaria de cada país.
Bases de datos como Homologa permiten un rápido acceso a toda la información actualizada a la fecha que un laboratorio necesita para determinar el cumplimiento o no. Esto aporta al exportador de ciertas garantías para no tener que asumir los costes logísticos de un potencial rechazo de cargamento en la frontera de destino.
Para más información no dudéis en escribir un correo a limitemaximoresiduos@gmail.com o visitar http://limare.blog
Un saludo!